CONVENIO DE CAPACITACIÓN BECADOS

El Centro de Capacitación Politécnica, en aras de colaborar con la formación educativa de estudiantes de tercero de bachillerato del país, brinda el reconocimiento a quienes han sido designados miembros del cuadro de honor en el periodo lectivo 2021-2022 para lo cual se establece el presente convenio de capacitación. Para ello se convienen por una parte El Centro de Capacitación Politécnica CCPOLITÉCNICA CÍA. LTDA., en adelante “El Centro”, por otra parte, el estudiante en adelante “El Capacitado” con su representante legal; a la ejecución del presente convenio de capacitación que se desarrollará a tenor de las siguientes cláusulas:

PRIMERA: OBJETO. El Capacitado se reconoce y acepta obligarse a tomar los servicios de capacitación en modalidad virtual de acuerdo a las fechas establecidas por El Centro en los términos y condiciones detallados en el presente convenio.

SEGUNDA: DURACIÓN Y RENOVACIÓN. El presente convenio de capacitación tendrá una duración acorde al régimen escolar y entrará a regir el día de la inscripción de EL CAPACITADO y finalizará en febrero para estudiantes del régimen costa, para estudiantes del régimen sierra el convenio finalizará en junio, al tratarse de un servicio no recurrente, este convenio no podrá renovarse ni automáticamente ni tácitamente.

TERCERA: OBLIGACIONES DEL CAPACITADO.

  1. EL CAPACITADO se obliga a asistir al curso o nivelación inscrito, conforme su ficha de inscripción, sin perjuicio de ser modificado en modalidad, lugar y horario, previa información al capacitado, siempre y cuando esta modificación obedezca a razones justificadas.
  2. Para que EL CAPACITADO pueda mantener la beca se obliga asistir con regularidad y puntualidad al proceso de capacitación y cumplir con el 80% mínimo de asistencia exigido en cada uno de las materias, como asimismo a actuar con esfuerzo y responsabilidad durante el proceso de capacitación.
  3. En el ámbito académico EL CAPACITADO se compromete a:
    1. Cumplir de forma obligatoria con los trabajos en clase, lecciones, evaluaciones y tareas enviadas de cada materia y cursos complementarios.
    2. Mantener un promedio de 8/10 como nota mínima en cada uno de las materia y cursos complementarios, así como el 80% mínimo de asistencias, las inasistencias justificadas no deben exceder el 10% del total de asistencias.
    3. Rendir de forma obligatoria la evaluación para el acceso a la educación superior correspondiente al periodo en el que realiza su inscripción.
  4. EL CAPACITADO se compromete a asistir de forma puntual, a mantener un buen comportamiento durante las horas de capacitación y durante su permanencia en las aulas virtuales, cuidar los bienes tangibles e intangibles de El Centro, el incumplimiento de estas reglas será motivo suficiente para la separación inapelable del estudiante y al pago del valor total de la beca sin perjuicio de las acciones civiles correspondientes.
  5. La INASISTENCIA de EL CAPACITADO será responsabilidad exclusiva de los representantes para cuyo fin se dispone de los medios necesarios para su información en la secretaría del centro.

CUARTA: IMCUMPLIMIENTO DEL CONVENIO

  1. EL ESTUDIANTE y EL REPRESENTANTE reconocen que han obtenido la información del curso de capacitación denominado Programa de estudio para estudiantes del cuadro de honor reconocidos por El Centro, así como todos los beneficios y servicios a los cuales puede tener acceso una vez aceptado el presente convenio de capacitación.
  2. Las partes dejan constancia de que el curso al cual asiste EL CAPACITADO es de carácter privado y en caso de incumplir con las obligaciones detalladas en este convenio El Capacitado perderá la beca.
  3. EL CAPACITADO y su representante legal aceptan, reconocen y se comprometen a cancelar el valor total del programa en caso de incumplimiento de las obligaciones y pérdida de la beca, estos valores ascienden a la cantidad de ciento noventa y nueve dólares de los estados unidos (USD 199), sin repercusión a la continuación o no de EL CAPACITADO en el curso.
  4. EL CAPACITADO y su representante legal declaran que conocen los términos y condiciones de este convenio de capacitación, y aceptan expresamente que, si EL CAPACITADO desea retirarse del programa de capacitación deberá cancelar el costo de los servicios contratados mismo que asciende a la cantidad de ciento noventa y nueve dólares de los estados unidos (USD 199).
  5. En caso de que el Capacitado y su representante legal se hallen en mora del pago de sus obligaciones económicas por perdida de beca, el Centro se reserva el derecho de ejercer en su contra las acciones legales correspondientes para cobrar los valores adeudados, más los intereses y los costos causados por el incumplimiento de pago.

QUINTA: RESOLUCIÓN DEL CONVENIO El presente convenio podrá resolverse por las siguientes causas:

  • Por finalización del convenio.
  • Por incumplimiento de las obligaciones por parte de El Capacitado.
  • Por caso fortuito o fuerza mayor. Si por este motivo alguna de las partes se viera obligada a resolver este contrato deberá comunicarlo de forma fehaciente a la otra parte.

SEPTIMA: AUTORIZACIÓN DE USO DE IMAGEN.  EL CAPACITADO y su representante legal autorizan al Centro a publicar imágenes o videos de EL CAPACITADO en las que aparezca individualmente o en grupo realizando actividades relacionadas con las actividades cotidianas del Centro. Esta autorización es válida para los canales de comunicación oficiales del Centro (web, redes sociales, anuarios, catálogos, entre otros similares).

OCTAVA:  ACEPTACIÓN EXPRESA

EL CAPACITADO y su representante legal aceptan el contenido de las cláusulas previamente detalladas, por cuanto han entendido la totalidad de las mismas y se encuentran de acuerdo con ellas.  Reafirmando su aceptación con el uso del servicio de capacitación entendido desde el primer ingreso a las aulas de capacitación.